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HACER UNA DEMANDA
 
8.8.1. Este apartado sirve para que las obras sociales, que está registradas, publiquen necesidades simples, de un bien identificable, que no precise de un proyecto ni de una complicada gestión logística.
8.8.2. Hay una demanda especial, a la que llamamos pre-necesidad, encaminada a dotar, a las entidades, que aún no han podido registrarse por falta de los elementos técnicos necesarios, por que no se lo puedan pagar; nos referimos a la compra de un ordenador, la conexión a Internet y/o la realización de un mínimo de página web, para poder hacer visible en la Red las actividades de sus obras sociales, siempre que cumplan con el requisito de transparencia.
8.8.3. Esa es la única necesidad que publicaremos de entidades no registradas, por eso está en la sección de demandas, siempre que esa pre-necesidad haya sido presentada por una entidad que si está registrada, tal como hemos explicado en el punto 8.2.2, que asume la responsabilidad de su comprobación.
8.8.4. Fundamentalmente este apartado está pensado para solucionar problemas a nivel local y según el grado de aceptación que tenga, tendremos que darle una forma de acceso distinta de la que ahora hacemos, igual que a la manera de clasificar sus contenidos.
8.8.5. En este apartado no se admiten peticiones de dinero. No obstante, la persona o entidad que quiera hacerse cargo de la demanda podrá decidir, según el caso, si es mejor hacer una transferencia, o mandar el bien solicitado.
8.8.6. Aunque todas las peticiones intentarán ser comprobadas y proceden de entidades que ofrecen transparencia, Adfisret no asume ninguna responsabilidad sobre el posible mal uso de esta sección por parte de alguna entidad. Agradeceremos que se nos comunique cualquier irregularidad que pueda producirse para poder tomar las medidas pertinente. En el punto siguiente (Denunciar), encontrarán la manera de hacerlo.
 
  


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